Estricto Derecho
El hostigamiento que han emprendido la gobernadora y su ahijado, el fiscal general, por medio del fiscal anticorrupción (títere de ambos), en contra de Martha Zepeda, no puede calificarse de otra manera más que de persecución política. Otra vez tratan de fincarle responsabilidad penal a Martha, como intentaron hace unos meses; empero, así como fallaron en aquel momento, fallarán de nuevo.
Este segundo expediente deriva de una denuncia presentada en febrero de 2019 por un regidor del municipio de Manzanillo. ¿Por qué hablamos ahora del tema, cuando han transcurrido más de cinco años? Porque el pasado viernes 12 de abril se celebró la audiencia inicial de este asunto, en medio de un operativo policiaco intimidatorio, ordenado por el gobierno estatal, ya que el juez había rechazado que acudieran. Ojalá la gobernadora, para demostrar que le preocupa el bienestar de la población, destinara todos esos elementos para garantizar la seguridad pública, y no para amedrentar a una política de oposición…
¿Qué sucedió en esta audiencia inicial? En una postura sesgada y tendenciosa, la fiscalía le señaló a Martha Zepeda que el delito por el cual está investigándola es el de falsedad de servidores públicos, previsto en el artículo 241 del Código Penal vigente, lo que motivó su solicitud de que Martha fuera vinculada a proceso.
¿Cuáles son los hechos que dieron lugar a este supuesto delito? Todo empezó en 2018, al iniciar el primer trienio de Griselda Martínez:
- El 15 de octubre rindió protesta el ayuntamiento entrante;
- El 16 de octubre se le tomó protesta a Martha Zepeda como Secretaria del Ayuntamiento;
- El 26 de octubre, en sesión de cabildo, la presidenta Griselda Martínez presentó una iniciativa para que se expidiera un nuevo reglamento de la administración municipal, la cual pidió que, por la premura, se dispensara todo trámite y fuera votada en ese momento, pero una regidora solicitó que hiciera un análisis, por lo que se turnó a comisiones de Cabildo, las cuales revisaron la iniciativa, le hicieron unos ajustes y elaboraron un dictamen al respecto, el cual fue remitido a la Secretaría;
- El 07 de noviembre, en una siguiente sesión de Cabildo, al desahogar el punto respectivo del orden del día, se dio lectura al dictamen, pero no se leyó el anexo que contenía el proyecto de nuevo reglamento; se puso a consideración del Cabildo el dictamen, le agregaron un artículo transitorio que no tuvo mayor trascendencia (cabe destacar que nunca se conoció el texto del reglamento ya dictaminado) y lo aprobaron por unanimidad,
- El 16 de noviembre, se remitió al Periódico Oficial una certificación del dictamen aprobado por el Cabildo de Manzanillo, para su debida publicación, siendo recibida el día 20 de ese mismo mes.
- El 24 de noviembre de 2018, el nuevo reglamento fue publicado en el Periódico Oficial.
- Posteriormente, en el ayuntamiento de Manzanillo advirtieron que el documento publicado presentaba algunas inconsistencias en cuanto a la redacción de cierto número de artículos, que no coincidía con la contenida en el anexo del dictamen aprobado por el Cabildo.
- El 2 de enero de 2019, mediante una fe de erratas, la Presidenta Municipal Griselda Martínez y la Secretaria Martha Zepeda solicitaron al Periódico Oficial la corrección de dicha irregularidad.
- El 12 de enero de 2019, se publicó en el Periódico Oficial la fe de erratas y el error quedó subsanado, sin consecuencias. Aquí tendría que haber parado todo, por lo intrascendente de la situación.
Sin embargo, a pesar de que ya estaba resuelto el problema, al mes siguiente, como comentamos, un regidor se enteró de lo sucedido, gracias a la publicación contenida en el Periódico Oficial, porque realmente nadie se había fijado (ni siquiera se conocía el contenido real del reglamento recién aprobado), por lo que presentó la denuncia.
La Fiscalía Anticorrupción no estimó que fuera una conducta jurídicamente relevante, realizó unos cuantos actos de investigación y luego guardó la carpeta en un cajón (como normalmente pasa con las denuncias que se presentan) y ahí tuvo escondida la carpeta sin que nadie se acordara de ella, hasta el año pasado, en junio de 2023, cuando la Fiscalía Anticorrupción consideró que era el momento ideal para reactivarla y así presionar a una política de oposición.
En resumen, ¿cuál es la “gravísima” conducta que ha motivado que la Fiscalía Anticorrupción y el Poder Judicial del Estado gasten tiempo, dinero y esfuerzo que no les sobran, para buscar injustamente que se sancione a una mujer que representa un obstáculo para el proyecto político de la gobernadora? La respuesta es simple: inconsistencias menores en la redacción de unos cuantos artículos de un reglamento municipal que se mandó publicar al Periódico Oficial; error que, aun siendo así de irrelevante, fue debidamente subsanado casi de inmediato con la fe de erratas respectiva. Para colmo, dicho reglamento ya ni siquiera está vigente, fue sustituido por otro el primero de enero de 2022.
¿Por qué no es delito? Primero, la conducta atribuida a Martha Zepeda ni siquiera se ajusta a lo que nuestro Código Penal considera como delito de falsedad de servidores públicos, ya que la fiscalía le imputa haber expedido una certificación de hechos que no son ciertos y Martha nunca certificó hechos; hubo la certificación de un documento, pero un documento, jurídicamente hablando es muy distinto de un hecho. Además, si hubo este error, quedó corregido con la fe de erratas y en realidad no hubo intención, porque se certificó el reglamento como se había propuesto originalmente, y no la redacción que finalmente quedó.
Incluso, es una situación relativamente normal, porque la propia Ley del Periódico Oficial la contempla, al definir la fe de erratas como la corrección de la equivocación material cometida en la publicación de un documento, así como al establecer en sus artículos 18 y 19, en lo conducente, que la fe de erratas procederá por errores en el contenido de los documentos originales publicados y que, en ese caso, la autoridad emisora realizará la solicitud de modificación por medio de oficio dirigido a la Secretaría General de Gobierno, como aconteció en este caso. Así de simple, la conducta que le atribuyen a Martha está regulada en una ley; por tanto, es legal, y algo que es legal no puede al mismo tiempo ser ilícito.
Tan frecuente es que esto suceda, que basta revisar la página del Periódico Oficial para advertir que todos los meses hay cuando menos una fe de erratas. Incluso, hay clientes frecuentes de esta figura, como la propia Secretaría General de Gobierno; el Poder Legislativo, por medio de su Secretaría General; el IPECOL; los Ayuntamientos; hasta la Consejería Jurídica. Todos se equivocan. Es algo tan ordinario, que la propia ley establece cuál es el procedimiento que debe seguirse en una situación de esta naturaleza.
Por eso llama la atención que algo tan irrelevante, que en nada perjudica a la sociedad, sea utilizado por la Fiscalía Anticorrupción para intentar perjudicar las aspiraciones políticas de Martha Zepeda. Es absurdo que, ante tantas denuncias por hechos realmente graves, la fiscalía se enfoque en casos como éste, y gaste el dinero de los contribuyentes en armarle una carpeta de investigación de cinco tomos a Martha, mientras un sinnúmero de delitos graves no está siendo investigado, porque la fiscalía está al servicio de la gobernadora, quien la usa para afectar a sus opositores.
No obstante, lo más grave es que los argumentos defensivos de Martha, que ni siquiera fueron rebatidos por la fiscalía anticorrupción, hayan sido ignorados por el juez Rafael Llerenas Ruiz, quien inopinadamente decidió vincular a proceso a Martha Zepeda, algo que ni la propia Fiscalía Anticorrupción esperaba lograr. Es claro que este inexplicable proceder obedece necesariamente a su ignorancia jurídica, lo cual es grave, o peor, a que el juez, sabiendo que no se cometió delito alguno, por consigna, vinculó a proceso a Martha para perjudicar sus aspiraciones políticas.
Pero no todo está escrito. Como la vez anterior, sigue acudir a la apelación, para que un magistrado le corrija la plana al juez y revoque esta absurda determinación. Más adelante, cuando así suceda, será el momento adecuado para fincarle responsabilidad penal y administrativa a este juez de consigna que, por segunda ocasión, se presta a corromper la impartición de justicia.
Esperemos que, próximamente, el Fiscal Anticorrupción también proceda en contra de Nacho Peralta, de Virgilio Amezcua, de Leoncio Morán, y de otros tantos que han perjudicado gravemente al erario y a la sociedad colimense. ¿O si se trata de ellos la gobernadora no le da permiso?
OTROSÍ 1. El tiempo pasa y Morena sigue sin candidaturas al ayuntamiento de Colima. Aunque ya llegó a Toluca la impugnación de Viridiana relativa a su carta de residencia, todavía tardará en resolverse y, en el improbable caso de que le dieran la razón, ello no significaría que pueda ser candidata, porque la impugnación relativa al rechazo de su planilla debe agotar primero la instancia local. Además, por paridad de género, Morena debe postular para la presidencia municipal de Colima a un hombre.
OTROSÍ 2. Ante la orfandad política en que se encuentran quienes pensaban votar por una opción de izquierda en el municipio de Colima, les recomendaría que volteen a ver a Claudia Aguirre, una mujer honesta que ha trabajado por las causas de la gente. Entre sus principales méritos destaca el haber propuesto la iniciativa que derivó en que se incluyera en la Constitución local la figura de la revocación de mandato.
OTROSÍ 3. Hablando de ese tema, existe una posibilidad que podría hacer realidad muy pronto la revocación de mandato de la gobernadora Indira Vizcaíno. ¿Cuál es? En la próxima elección, al elegir a quienes integrarán el Congreso del Estado, votemos por candidaturas que apoyen que se reforme la Ley de Revocación de Mandato y pueda aplicarse dicho mecanismo de participación ciudadana a partir de este sexenio. Si la candidatura no apoya la revocación de mandato, no la consideremos; si sí la va a apoyar, démosle nuestro voto.