Colima, México, Avanzada (03/05/2024).- El magistrado Alejandro David Avante Álvarez defendió su proyecto para considerar que Viridiana Valencia Vargas no cumplía con el requisito de residencia de tres años para ser candidata a la alcaldía de Colima, porque de abril a junio de 2021 fue candidata a diputada por un distrito en Tecomán y consideró que eso genera un vínculo con los electores de ese lugar, “admitir lo contrario llevaría a un fraude en la representación popular”, dijo.
El magistrado de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) refirió que de avalar que Valencia Vargas cumple con los tres años de residencia en Colima se estaría poniendo en riesgo “la verdadera representatividad de los ciudadanos (…) porque se les niega la posibilidad de que esa persona los represente en el Congreso”.
En su propuesta de resolución, el magistrado afirmó que para poder acreditar los tres años de residencia en la capital de Colima, valencia Vargas tendría que haber vivido en este municipio cuando era candidata a un distrito electoral el cual ganó en la elección de 2021, y por lo tanto, se convirtió en la representante de los electores de esa zona donde ella hizo campaña y solicitó el voto.
Los argumentos anteriores los esgrimió el magistrado al presentar su proyecto de resolución en donde consideró que Viridiana Valencia Vargas no cumple con el requisito de residencia de tres años que marca la ley para ser postulada como candidata a la alcaldía de Colima.
El magistrado Alejandro Avante Juárez expresó que Valencia Vargas no pudo demostrar su residencia en Colima durante el periodo necesario para ser elegible como alcaldesa. Argumentó que es razonable esperar que los candidatos a cargos electorales residan en el distrito al que representan, y que la falta de residencia en dicho lugar genera una presunción en contra de la candidatura.
En consecuencia, la Sala Regional Toluca confirmó la inelegibilidad de Viridiana Valencia Vargas para la alcaldía de Colima. Se otorgó a la coalición Sigamos Haciendo Historia un plazo de 24 horas para realizar las sustituciones correspondientes en su planilla para el ayuntamiento capitalino.
Además, la Sala vinculó al Consejo Municipal Electoral de Colima para que informe del cumplimiento de la sentencia. Aunque Valencia Vargas aún puede impugnar la resolución ante la Sala Superior del Trife, el magistrado Alejandro Avante citó en repetidas ocasiones una sentencia en donde menciona que la Sala Superior ya se había pronunciado sobre la residencia de los candidatos, independientemente de si la ley lo contempla o no.
* Imagen tomada de la Red social de Viridiana Valencia.