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COLIMA

Con retraso y sin que le afecte, publica Indira Ley de Revocación de Mandato

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Colima, México, Avanzada (13/08/2022).- Con quince días de retraso, por fin se publicó este viernes 12 de agosto, en la edición extraordinaria 58 del periódico oficial “El Estado de Colima”, el Decreto 126 del Congreso del Estado, por el que se expide la Ley de Revocación de Mandato.

Sin embargo, el decreto no le afecta a la actual mandataria, pues el Congreso local, bajo control de la gobernadora, incluyó en la ley un artículo transitorio en el que se señala que la revocación de mandato podrá ser aplicada a partir del gobierno del periodo 2027-2033 en adelante.

Aprobado por el Congreso local desde el pasado 13 de julio, según las disposiciones constitucionales el decreto debió ser publicado a más tardar el día 28 de julio, y al no cumplirse esto correspondía a la Presidencia del Congreso ordenar su publicación, pero no se cumplió una cosa ni otra en el plazo legal establecido y, sin ningún justificante, la publicación fue realizada hasta este viernes 12.

El Artículo 41 de la Constitución del Estado de Colima establece que “al presentarse a la Cámara un dictamen de ley o decreto por la comisión respectiva, una vez aprobado se remitirá copia de él al Ejecutivo para que, en un plazo no mayor de diez días hábiles, haga las observaciones que estime convenientes o manifieste su conformidad; en este último caso tendrá, a partir de que fenezca el plazo anterior, un término de cinco días hábiles para publicarlo”.

Agrega: “Transcurrido este último plazo, sin que el Ejecutivo haya realizado la publicación, la ley o el decreto, se tendrán por promulgados para todos los efectos legales, debiendo el presidente del Congreso o de la Comisión Permanente, en su caso, ordenar la publicación en el Periódico Oficial dentro de los siguientes cinco días hábiles, sin que para ello se requiera refrendo”.

De acuerdo con el artículo sexto último párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Colima, “se consideran días hábiles para el trabajo legislativo y parlamentario, todos los comprendidos dentro de cada uno de los periodos”.

En realidad, el Congreso se vio obligado a elaborar y aprobar la ley por orden del Tribunal Electoral del Estado de Colima, que el 17 de mayo del 2022, le envió su resolución del expediente JDCE-03/2022, mediante la cual ordenó al Congreso de Colima que en el término máximo de 60 días naturales emitiera la legislación secundaria en el tema de Revocación de Mandato al Titular del Ejecutivo, para efectos del artículo 74 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en relación al numeral 52 de su Reglamento.

Para la elaboración del dictamen de la ley, la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales recibió dos iniciativas, la primera suscrita por las diputadas y el diputado, Martha Fernanda Salazar Martínez, Priscila García Delgado y Crispín Guerra Cárdenas, de la fracción del PAN, y la segunda por las diputadas y los diputados Armando Reyna Magaña, Isamar Ramírez Rodríguez, Yommira Jockimber Carrillo, Sonia Hernández Cayetano, Andrea Naranjo Alcaraz, Alfredo Álvarez Ramírez, Colima Natali Méndez García, Julio César Cano Farías y Francisco Rubén Romo Ochoa, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Sin embargo, la propuesta tomada en cuenta fue esta última.

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