Zacatecas, México, Avanzada (20/07/2026).- El Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial de la Federación, Sección 6 Zacatecas, rechazó que la suspensión de la titular del Juzgado Tercero de Distrito en esa entidad haya obedecido al sentido de una resolución de amparo, como se difundió en diversos medios de comunicación, y aseguró que la medida deriva de un procedimiento disciplinario iniciado hace casi un año por presuntas conductas de hostigamiento y violencia laboral.
A través de un comunicado dirigido a la sociedad, el sindicato explicó que la jueza asumió la titularidad del juzgado el 16 de septiembre de 2025 y que, desde el inicio de su gestión, diversos trabajadores denunciaron conductas que, según el gremio, afectaron gravemente su salud física y emocional, lo que provocó renuncias y cambios de adscripción entre el personal.
De acuerdo con el documento, en noviembre de 2025 la organización sindical presentó una denuncia formal ante el Órgano de Investigación del Tribunal de Disciplina del Poder Judicial de la Federación, en la que solicitó la suspensión inmediata de la juzgadora para proteger la integridad y los derechos de los trabajadores.
El sindicato añadió que, ante la continuidad de los hechos y presuntas represalias contra empleados, en febrero de este año se promovieron diversas ampliaciones de la denuncia, insistiendo en la necesidad de separar a la jueza de sus funciones mientras se desarrollaban las investigaciones.
Como parte del procedimiento, el Tribunal de Disciplina realizó una primera visita de inspección al juzgado en marzo de 2026 para evaluar las condiciones laborales, el trato al personal y al público, así como la administración del órgano jurisdiccional. Posteriormente, entre mayo y junio, llevó a cabo una visita extraordinaria con personal de alto nivel.
Según el comunicado, como resultado del dictamen emitido dentro de la investigación disciplinaria, el Tribunal de Disciplina decretó la suspensión de la jueza, medida que fue ejecutada el pasado 14 de julio de 2026.
El sindicato sostuvo que atribuir la separación del cargo al contenido de una resolución judicial “distorsiona los hechos y minimiza el sufrimiento” de los trabajadores que presentaron las denuncias, al omitir que el procedimiento disciplinario se originó por presuntos actos de violencia laboral documentados desde hace más de diez meses.
Asimismo, aclaró que el posicionamiento no constituye un respaldo ni un rechazo al contenido de la resolución jurisdiccional que ha generado atención pública, pues señaló que la revisión de las decisiones judiciales corresponde exclusivamente a las instancias competentes y a los medios de impugnación previstos por la ley.
Finalmente, la organización sindical afirmó que, además de las denuncias promovidas por trabajadores del juzgado, también existen quejas presentadas por abogados postulantes y usuarios, y reiteró que el único propósito del comunicado es precisar el origen del procedimiento que derivó en la suspensión de la juzgadora.