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Gobierno de Colima despidió a trabajador violando sus derechos: CDHEC emite 6 recomendaciones

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Colima, México, Avanzada (05/01/2025).- Un trabajador del Gobierno del Estado fue sometido en 2018 a un procedimiento administrativo sin permitirle la asistencia de su representante sindical ni el ejercicio pleno de su derecho de defensa, lo que lo dejó en estado de indefensión y derivó en un proceso irregular al interior de la entonces Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano (SEIDUR).

A partir de estos hechos, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima (CDHEC) emitió recientemente la Recomendación 17/2025, en la que acreditó violaciones al derecho a la seguridad jurídica, en su principio de legalidad, así como al debido proceso y a la adecuada defensa, en perjuicio del trabajador, y dirigió una serie de medidas de reparación y no repetición a la actual Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad (Seidum).

De acuerdo con el documento, los hechos ocurrieron en octubre de 2018, cuando el ciudadano fue citado para el levantamiento de un acta administrativa y aunque desde días antes había informado a personal de la dependencia que pertenecía al Sindicato Independiente de Trabajadores al Servicio del Gobierno y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, el día de la diligencia se negó el acceso a su representante sindical con el argumento de que no portaba un documento que acreditara la afiliación.

La CDHEC determinó que esta actuación contravino el artículo 30 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, que reconoce el derecho de audiencia y defensa de los trabajadores y establece la intervención de la representación sindical en este tipo de procedimientos.

Para el organismo, la autoridad debió permitir la presencia del representante mientras no se demostrara lo contrario, más aún cuando existían antecedentes suficientes de la afiliación sindical.

En el análisis del caso, la Comisión acreditó que desde julio de 2018 el trabajador había sido formalmente aceptado por el sindicato, situación que constaba en registros del Tribunal de Arbitraje y Escalafón.

Además, señaló que había transcurrido tiempo suficiente para presumir que la dependencia tenía conocimiento de dicha afiliación, por lo que resultó injustificada la exigencia de documentos adicionales y la exclusión del representante sindical.

El organismo también detectó inconsistencias en las actas administrativas levantadas, pues existen versiones con fechas distintas que, aunque reconocen que el trabajador acudió con un representante sindical, sostienen que éste no pudo intervenir.

A ello se sumó la negativa para permitir la declaración de un testigo que el trabajador presentó, lo que reforzó la conclusión de que el procedimiento fue deficiente, mal fundado y mal motivado.

Si bien la CDHEC no se pronunció de fondo sobre una posible violación al derecho a la igualdad y no discriminación por falta de pruebas suficientes, sí advirtió un trato desigual, ya que a otras personas presentes en la diligencia solo se les solicitó identificarse con su credencial de elector, sin exigirles documentos adicionales para acreditar su cargo o función.

Como resultado, la Comisión emitió seis recomendaciones dirigidas a la actual titular de la Seidum, entre ellas el restablecimiento de los derechos jurídicos del trabajador, la prestación de asesoría legal y atención psicológica gratuita, su inscripción en el Registro Estatal de Víctimas, la emisión de una declaración institucional de reconocimiento de responsabilidad, el inicio de procedimientos administrativos contra las personas servidoras públicas involucradas y la capacitación del personal en materia de derechos humanos laborales y debido proceso.

Finalmente, la CDHEC hizo un llamado a todas las instituciones públicas del estado a reforzar el respeto al derecho a la seguridad jurídica y a adoptar medidas que eviten la repetición de actos que vulneren los derechos humanos de las personas trabajadoras.

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