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Aprueban reformas a la Ley de Amparo impulsadas por Claudia Sheinbaum

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El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley de Amparo, impulsadas por la presidenta Claudia Sheinbaum, con el objetivo de fortalecer la protección de los derechos humanos y modernizar los procedimientos judiciales en México.

Ciudad de México, Avanzada (15/10/2025).- Con 345 votos a favor, 131 en contra y 3 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que modifica la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, así como el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

El documento, derivado de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, busca fortalecer el juicio de amparo como un recurso eficaz para la defensa de los derechos humanos y como medio de control legal y constitucional.

Las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público modificaron el régimen transitorio para precisar que los asuntos en trámite a la entrada en vigor del decreto continuarán hasta su resolución final con las disposiciones vigentes al momento de su inicio, y no con las nuevas reglas, como originalmente planteó el Senado.

Entre los cambios aprobados, se establece que el interés legítimo solo procederá cuando el acto reclamado cause una afectación real, actual y diferenciada del resto de las personas, y su anulación genere un beneficio directo y cierto para la persona quejosa.

Asimismo, se dispone que todas las promociones en el juicio de amparo deberán presentarse por escrito, ya sea en formato impreso o electrónico, pero el uso de medios digitales será opcional, garantizando que nadie sea obligado a utilizarlos.

El Órgano de Administración Judicial determinará cómo se integrarán los expedientes físicos y electrónicos, asegurando el derecho de las partes a consultarlos. Además, todas las autoridades que intervengan en los juicios deberán contar con un usuario dentro del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.

Las empresas públicas, organismos descentralizados, instituciones nacionales de crédito y fideicomisos públicos quedarán exentos de prestar las garantías que la ley exige a las partes.

El dictamen incorpora nuevas reglas en materia fiscal. Permite promover el amparo indirecto cuando se trate de actos de ejecución o cobro de contribuciones derivados de créditos fiscales firmes, pero únicamente hasta la publicación de la convocatoria de remate.

También se precisa que el plazo de 10 días para requerir documentos no podrá ampliarse salvo en casos en que se trate de hechos nuevos no atribuibles a negligencia de las partes. Una vez abierta la audiencia, se deberán desahogar las pruebas pendientes, presentar alegatos y dictar fallo en un plazo máximo de 60 días naturales.

El órgano jurisdiccional deberá realizar un análisis ponderado del interés social y de la apariencia del buen derecho antes de conceder una suspensión, evitando daños a la colectividad.

Se aclara que no procederá la suspensión con efectos generales cuando se reclame la inconstitucionalidad de normas generales, y tampoco habrá responsabilidad penal para las autoridades que acrediten una imposibilidad jurídica o material para cumplir con una suspensión o ejecutoria de amparo.

El Tribunal conocerá de los juicios promovidos contra resoluciones definitivas o actos administrativos de autoridades fiscales federales, excepto en los casos donde ya existan resoluciones firmes sobre créditos fiscales o solicitudes de prescripción.

Con esta reforma, el gobierno federal busca actualizar el marco jurídico del juicio de amparo para hacerlo más ágil, transparente y eficaz, preservando su papel como uno de los principales instrumentos de defensa de los derechos humanos en México.

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