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COLIMA

Violencia digital, legislación ambigua y peligrosa

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EDITORIAL

En su sesión del martes, el Congreso del Estado aprobó adiciones y reformas al Código Penal para el Estado de Colima con la finalidad de sancionar la violencia digital realizada mediante inteligencia artificial, así como incrementar las penas para el delito de acoso sexual.

Aunque algunos puntos del dictamen establecen medidas importantes para proteger a víctimas de violencia digital, sobre todo en el caso de los menores de edad, hay también un punto relativo al acoso sexual que por su ambigüedad resulta peligroso y preocupante, pues puede ser mal utilizado en el contexto de conflictos personales entre parejas, generando riesgo de injusticias.

Se trata de la reforma al artículo 152 TER del Código Penal, que en uno de sus párrafos quedó como sigue: “Se impondrá de tres a cinco años de prisión y multa de doscientas a trescientas cincuenta unidades de medida y actualización al responsable de acoso sexual que, haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones informáticas o cualquier otro medio de transmisión de datos, requiera o comparta imágenes, audio o video del acoso sexual o solicite un encuentro sexual”.

Incluir como conducta delictiva solicitar un encuentro sexual, así sin condicionantes u otros elementos que lo delimiten, únicamente “haciendo uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones informáticas o cualquier otro medio de transmisión de datos”, puede constituir un arma de doble filo.

En esta época, donde muchas de las comunicaciones entre las personas se producen por la vía digital, mediante redes sociales o sistemas de mensajería, es natural que las personas puedan insinuar, solicitar, proponer o acordar algún encuentro sexual, dejando ahí la evidencia de la conversación, que posteriormente, ante alguna ruptura, desacuerdo o riña podría ser utilizada para que una parte acuse falsamente a la otra, aprovechando una legislación cuya finalidad era otra.

Si bien una ley debe ser lo suficientemente contundente y completa para proteger a las probables víctimas de los delitos en todos los aspectos necesarios, también debe ser lo suficientemente clara y precisa para no dar pie a un uso malintencionado que perjudique a personas inocentes.

Esa es la parte riesgosa que contiene la legislación aprobada por los legisladores colimenses, a quienes hizo falta analizar a profundidad y prevenir los alcances de esa iniciativa que avalaron con su dictaminación y voto.

No se trata de que, en aras de proteger a un sector de la población que padece injusticias se deje en riesgo de sufrirlas a otro. Aunque a veces van encaminadas a atender los intereses y necesidades de una parte de la sociedad, las leyes deben no deben perder el afán de procurar el justo equilibrio entre toda una población.   

 

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