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SCJN: Bienes previos al matrimonio no deben afectar pensión compensatoria

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México, Avanzada (09/02/2025).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que, para determinar la necesidad de una pensión alimenticia compensatoria en su vertiente resarcitoria, no es procedente considerar los bienes que la persona solicitante adquirió antes del matrimonio.

El fallo se dio en el marco de un amparo directo promovido por una mujer cuyo reclamo de pensión había sido desestimado debido a que contaba con ingresos derivados de rentas de inmuebles adquiridos antes de casarse. A pesar de que durante el matrimonio se dedicó principalmente al hogar y al cuidado de sus hijas, los tribunales inferiores consideraron que no existía necesidad económica, decisión que fue confirmada en apelación.

Al analizar el caso, la Primera Sala enfatizó que la pensión resarcitoria tiene como finalidad corregir el desequilibrio económico derivado de la distribución desigual de tareas dentro del matrimonio. En este sentido, estableció que cualquier decisión sobre su otorgamiento debe considerar el principio de proporcionalidad, lo que implica excluir del análisis los bienes adquiridos antes del matrimonio.

La Corte advirtió que sostener lo contrario invisibiliza el impacto del trabajo doméstico y de cuidados, y desconoce que el desequilibrio económico se genera durante el matrimonio, cuando uno de los cónyuges se dedica de manera preponderante a estas actividades, limitando su desarrollo profesional y su capacidad de generar ingresos propios.

Asimismo, se subrayó que la pensión debe garantizar un nivel de vida adecuado para el cónyuge que, por su rol dentro del matrimonio, quedó en desventaja económica. Para ello, el juez debe considerar factores como el ingreso del cónyuge deudor, las necesidades del solicitante, el nivel de vida de la pareja, la duración del matrimonio y la posibilidad del acreedor de acceder a un empleo, entre otros.

En consecuencia, la SCJN revocó la sentencia impugnada y ordenó al Tribunal Colegiado emitir una nueva resolución bajo estos parámetros.

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