Colima, México, Avanzada (15/06/2026).- A unos días de que el Tribunal Electoral del Estado de Colima exonerara a la alcaldesa de Manzanillo, Rosa María Bayardo Cabrera de las acusaciones por presuntos actos anticipados de campaña, en el Congreso del Estado ya se encuentra una iniciativa que busca cerrar las lagunas legales que actualmente dificultan sancionar las estrategias de posicionamiento político realizadas antes del inicio formal de los procesos electorales.
La propuesta fue presentada el pasado 10 de junio por el coordinador de la bancada del PAN, Alberto Partida Valencia, quien plantea reformar el artículo 151 del Código Electoral del Estado para ampliar la definición de actos anticipados de campaña y obligar a las autoridades electorales a investigar el origen, monto y destino de los recursos utilizados en actividades de promoción política.
El pasado 4 de junio, el Tribunal Electoral resolvió por unanimidad declarar inexistentes las infracciones denunciadas por Movimiento Ciudadano contra Rosa María Bayardo y Morena; el partido acusó a la presidenta municipal de posicionarse anticipadamente rumbo a la elección de gubernatura de 2027 mediante bardas con frases como “Es Rosi” y “Hace que las cosas sucedan”, así como mediante un folleto con referencias a su trayectoria personal y política.
Sin embargo, los magistrados concluyeron que las bardas no permitían identificar de manera indubitable a la alcaldesa y que el folleto, aunque sí la identificaba plenamente, no contenía llamados expresos al voto, requisito que la jurisprudencia federal considera indispensable para acreditar actos anticipados de campaña.
Precisamente esa interpretación jurídica es la que el legislador panista pretende modificar, ya que en la exposición de motivos de la iniciativa de reforma sostiene que en los últimos años han proliferado prácticas consistentes en la difusión permanente de propaganda personalizada mediante bardas, lonas, espectaculares, publicidad digital, brigadas y material impreso que, aunque no solicitan expresamente el voto, sí generan reconocimiento público y ventajas políticas anticipadas.
“La situación produce una afectación al principio de equidad en la contienda”, argumenta Partida Valencia, quien considera que algunos actores políticos desarrollan campañas permanentes de posicionamiento al margen de los tiempos establecidos por la legislación electoral.
La reforma propone que también sean considerados actos anticipados de campaña aquellas actividades de promoción personalizada o posicionamiento político en las que se utilicen recursos económicos, materiales, humanos o tecnológicos mediante mecanismos propios de las campañas electorales, aun cuando no exista un llamado expreso al voto. Entre estos mecanismos menciona la pinta de bardas, colocación de espectaculares, propaganda impresa, publicidad digital pagada y brigadas de difusión.
Además, plantea que el Instituto Electoral del Estado de Colima esté obligado a investigar quién financia este tipo de actividades y cuáles son los recursos empleados, valorando la sistematicidad, permanencia y alcance de la propaganda para determinar posibles responsabilidades.
En el documento, el diputado advierte que la ciudadanía tiene derecho a conocer quién financia las campañas de posicionamiento político y señala que la falta de fiscalización puede abrir espacios para la intervención de intereses económicos o incluso recursos de procedencia ilícita. La iniciativa de reforma está en análisis y la comisión de Estudios Legislativos.