La reforma constitucional obligaría a renunciar a cualquier otra ciudadanía antes de registrarse como candidato; la Consejería Jurídica detalló los cambios a los artículos 82, 116 y 122
Ciudad de México, Avanzada (27/08/2026).— La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, anunció este martes en su conferencia matutina que el Ejecutivo federal presentará ante el Congreso de la Unión una iniciativa de reforma constitucional para establecer que quien aspire a ser presidente o presidenta de la República, gobernador, gobernadora, jefe o jefa de Gobierno, deba ser exclusivamente de nacionalidad mexicana, sin poseer ninguna otra ciudadanía, independientemente de la razón por la que se haya obtenido.
La mandataria explicó que, si bien la Constitución establece que estos cargos deben ser ocupados por mexicanos por nacimiento, el texto vigente no precisa con claridad si una persona con doble nacionalidad —adquirida, por ejemplo, por ser hija de padre o madre extranjeros— debe renunciar a esa otra ciudadanía antes de convertirse en candidata. Sheinbaum señaló que esta ambigüedad ha permitido que gobernadores y gobernadoras con doble nacionalidad hayan ocupado el cargo sin que existiera una obligación expresa de renunciar a ella.
“Lo que estamos proponiendo es que, una vez que se inscriban, que es el momento en que desean ser presidenta, presidente o titular del Ejecutivo de alguna entidad de la República, deban renunciar a otra ciudadanía si es que la tienen, y solamente quedarse con la nacionalidad mexicana, para garantizar que el interés de la nación esté por encima de cualquier otro interés, de cualquier otro Estado nación del mundo”, explicó la presidenta.
Los cambios constitucionales propuestos
La consejera jurídica de la Presidencia de la República, Luisa María Alcalde, detalló los alcances técnicos de la iniciativa. Explicó que los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución ya establecen que, para ocupar la presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, es necesario ser ciudadano mexicano por nacimiento. Sin embargo, precisó que el artículo 32 constitucional genera un vacío interpretativo, al señalar únicamente que el ejercicio de los cargos que requieren ser mexicano por nacimiento “se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra nacionalidad”, sin especificar qué ocurre con quienes ya poseían otra nacionalidad desde su nacimiento.
Para corregir esta ambigüedad, la propuesta plantea reformar el artículo 82 para establecer que, a fin de ser presidente o presidenta, se requiere ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo o hija de padre o madre mexicanos, no tener ni adquirir otra nacionalidad y, en caso de tenerla, renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidato o candidata, además de haber residido en el país durante al menos 20 años.
La iniciativa contempla además dos párrafos adicionales que establecerían que quien ejerza el cargo no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta a la mexicana. Esta prohibición incluiría de manera explícita el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, el ejercicio de derechos políticos inherentes a la ciudadanía de ese país y el acogerse a su protección diplomática. De acuerdo con la propuesta, cualquier contravención a esta disposición se sancionaría en los términos del Título Cuarto de la Constitución, relativo a las responsabilidades de los servidores públicos.
Alcalde precisó que esta misma redacción se replicaría en los artículos 116 y 122 constitucionales, aplicables respectivamente a las gubernaturas estatales y a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
Reforma secundaria a la Ley de Nacionalidad
La consejera jurídica adelantó que, una vez aprobada la reforma constitucional, el Ejecutivo federal propondrá también cambios a la Ley de Nacionalidad para establecer las reglas específicas que deberán seguir quienes tengan doble nacionalidad y deseen renunciar a ella ante las autoridades mexicanas y las del país del cual también sean ciudadanos. Dicha ley, explicó, definirá el procedimiento a seguir ante el Instituto Nacional Electoral (INE) previo al registro como candidato o candidata, así como los pasos que deberá cumplir toda persona con doble nacionalidad que busque contender por alguno de estos cargos.