El órgano de gobierno del Poder Judicial sancionó al magistrado al considerar que incurrió en una falta grave, en un caso que reabre el debate sobre los límites del uso de herramientas digitales en la impartición de justicia.
España, Avanzada (27/04/2026).- El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de España impuso una multa de mil euros a un magistrado que utilizó una herramienta de inteligencia artificial para redactar el borrador de una resolución judicial, al considerar que su actuación constituyó una falta grave.
La sanción fue acordada por mayoría, con base en la legislación vigente que, aunque no contempla de forma explícita el uso de inteligencia artificial, sí establece como infracción grave la revelación de hechos o datos conocidos en el ejercicio de la función judicial fuera de los cauces institucionales establecidos.
El caso salió a la luz luego de que el juez dejara visibles en el documento final las consultas realizadas a ChatGPT, lo que evidenció que había recurrido a esta herramienta para elaborar parte del texto. De acuerdo con lo publicado por el diario digital El Español, el magistrado habría proporcionado información del expediente para obtener un análisis automatizado que posteriormente incorporó en su resolución.
A partir de estos hechos, el asunto fue turnado al CGPJ bajo el argumento de que la sentencia había sido, en apariencia, construida mediante “métodos artificiales” derivados del procesamiento informático de los datos judiciales facilitados por el propio juez.
En su propuesta inicial, el promotor disciplinario no cuestionó el uso de la inteligencia artificial en sí mismo, sino el hecho de que el magistrado la empleara eludiendo su responsabilidad jurisdiccional. Por ello, planteó una sanción más severa: una suspensión de 15 días por una falta muy grave, además de una multa de 501 euros por la falta grave.
Sin embargo, la Comisión Disciplinaria descartó la infracción más grave al concluir que el juez utilizó la herramienta como apoyo y no como sustituto de su labor, por lo que finalmente se limitó la sanción a la multa económica.
Este caso se produce en un contexto en el que el propio Poder Judicial español ya ha fijado criterios sobre el uso de inteligencia artificial. El pasado 28 de enero, el pleno del CGPJ aprobó una instrucción en la que advirtió que estas tecnologías no pueden dictar sentencias, valorar pruebas ni aplicar el derecho sin la supervisión constante, consciente y efectiva de un juez.
Asimismo, se estableció que los magistrados únicamente pueden emplear aplicaciones de inteligencia artificial que hayan sido autorizadas o validadas por el propio sistema judicial, con el fin de garantizar la confidencialidad de la información y la integridad de los procesos.
La resolución refuerza así la postura institucional de que, si bien la inteligencia artificial puede ser una herramienta auxiliar en el ámbito judicial, su uso debe mantenerse dentro de límites estrictos para no comprometer la función jurisdiccional ni la seguridad de los datos.