Tras casi cinco años de persecución legal impulsada por la CNDH, el Cuarto Tribunal Colegiado absolvió de forma definitiva al defensor José Martínez Cruz, al declarar infundadas las acusaciones en su contra y ratificar su derecho a la libertad de expresión. Organizaciones exigen el cese del hostigamiento y una disculpa pública.
Ciudad de México, Comunicado (22/07/2025).- El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito absolvió de manera definitiva al defensor de derechos humanos José Martínez Cruz, luego de casi cinco años de una campaña de hostigamiento legal impulsada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). La resolución establece que las denuncias penales y administrativas interpuestas por la Comisión carecían de fundamento y no contaban con pruebas suficientes, lo que llevó a declarar cosa juzgada y a cerrar el caso de manera irrevocable.
Martínez Cruz fue titular de la Dirección General de la Primera Visitaduría de la CNDH entre enero y agosto de 2020, periodo en el que tuvo bajo su responsabilidad el expediente relacionado con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa. Su salida del cargo estuvo motivada por diferencias con la presidencia del organismo, particularmente respecto al papel del Ejército y la autonomía de la institución. Poco después, la CNDH emprendió acciones legales en su contra, acusándolo de revelar información confidencial en entrevistas a medios de comunicación.
Estas acusaciones fueron desestimadas por la Fiscalía General de la República, que determinó el no ejercicio de la acción penal, y por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que resolvió en primera instancia a favor de Martínez Cruz. No obstante, la CNDH persistió con recursos legales y acciones públicas que derivaron en una campaña sistemática de desprestigio contra el defensor, quien debió ser incorporado al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
La sentencia definitiva del tribunal colegiado no sólo absuelve a José Martínez Cruz, sino que reafirma su derecho a la libertad de expresión, al no encontrarse pruebas de beneficio personal derivado de sus declaraciones públicas. La resolución también impide que las acusaciones sean reabiertas, al considerar que hacerlo violaría el principio de seguridad jurídica.
Ante este fallo, organizaciones como Artículo 19, el Centro Prodh, Tlachinollan y la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos exigieron a la CNDH que acate plenamente la sentencia, cese el hostigamiento contra Martínez Cruz y ofrezca una disculpa pública con reparación integral del daño.
“Es inadmisible que una institución creada para proteger los derechos humanos se convierta en agente de persecución”, señalaron las organizaciones, que también hicieron un llamado a la sociedad y a las autoridades para vigilar el actuar de la CNDH y garantizar la protección de quienes defienden los derechos fundamentales en el país.