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Sentencia a favor del periodismo frente a abusos del poder

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Editorial

La sentencia definitiva dictada por el Vigésimo Tribunal Colegiado de Circuito en materia administrativa del primer circuito, en relación con el juicio de amparo interpuesto por el periodista Raymundo Riva Palacio contra el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, así como la sección de la rueda de prensa matutina “¿Quién es quién en las mentiras?”, constituye un importante precedente en la defensa de la libertad de expresión y de prensa frente a los abusos del poder en México.

El tribunal colegiado determinó que dicha rueda de prensa y sección operó como un instrumento de estigmatización, utilizando recursos públicos para desacreditar y señalar de manera unilateral a periodistas críticos como “mentirosos” y hacer juicios mediáticos de desprestigio, así como exposición de datos personales y ataques a la vida privada.

De acuerdo con la resolución del órgano jurisdiccional, la creación de esa sección en las ruedas de prensa del expresidente violó el derecho a la legalidad y las libertades de prensa, de expresión e información, además de que contraviene la libertad de pensamiento, fomenta la censura indirecta, la polarización social y erosiona los pilares de la democracia, al pretender imponer una versión deformada de la verdad de carácter oficial, sin garantizar el derecho de réplica ni un debate público sobre bases informativas neutrales, objetivas y pluralistas.

El juicio de amparo fue promovido por Raymundo Riva Palacio luego de que en las emisiones del 25 y 26 de julio de 2023 fue calificado como “pinocho” y “mentiroso” por el presidente y la encargada de la sección, además de otras expresiones de acoso, represalia y denostación en su contra, por lo que conforme a la sentencia del tribunal ambos servidores públicos “transgredieron los derechos fundamentales del quejoso relativos al honor y dignidad, reputación y a la privacidad. Esto por contener información que no es veraz, no es objetiva ni imparcial”.

Aunque ni el presidente ni la encargada de la sección se encuentran ya en funciones, la sentencia del juicio de amparo es trascendente porque establece criterios sobre los que deben conducirse los gobernantes ante la labor de los medios de comunicación y los periodistas. 

Conforme a la resolución judicial, el Poder Ejecutivo debe abstenerse de “afectar su esfera jurídica, a través de plataformas de comunicación social que se aparten de los parámetros de veracidad; objetividad; neutralidad e institucionalidad, en detrimento de los derechos humanos a los datos personales, a la vida privada y al honor del periodista promovente”.

También ordena que “el Poder Ejecutivo y las autoridades responsables se abstengan de emitir manifestaciones o declaraciones públicas que exhiban datos e informaciones íntimas y privadas del periodista quejoso, o que impliquen ataques, denostaciones y descalificaciones a su persona”.

Inicialmente, el periodista interpuso el juicio de amparo 1369/2023 ante el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, que resolvió a favor del quejoso en enero de 2024, pero el gobierno federal promovió un amparo para la revisión de ese caso, que fue registrado con el expediente 135/2024, pero finalmente el tribunal colegiado concedió de nuevo la razón al periodista, con votación unánime.

La actualidad y vigencia de esta sentencia radica en el hecho de que la actual presidenta, Claudia Sheinbaum Pardo, mantiene el espacio de las ruedas de prensa matutinas con un estilo muy similar al de su antecesor y además todavía existe la sección impugnada, aunque ahora renombrada como “Detector de mentiras”, que cumple la misma función.

En bien de la libertad de expresión y de prensa, así como todas las garantías democráticas que se derivan de ellas, sería sano que la presidenta y demás gobernantes de todos los niveles se abstengan de emitir discursos y expresiones de odio contra la crítica periodística. Deben entender que como servidores públicos les corresponde ser tolerantes ante el escrutinio de la prensa y de toda la ciudadanía de su función gubernamental.

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