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SCJN invalida límites a indemnizaciones en Puebla por violar derecho a reparación justa

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México, Avanzada (18/02/2025).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de Puebla, al considerar que vulneraban el derecho a una justa indemnización y la igualdad ante la ley.

En sesión del Pleno, los ministros resolvieron las acciones de inconstitucionalidad 206/2023 y 208/2023, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, determinando la invalidez de los límites establecidos para indemnizaciones por daño moral y fallecimiento, así como la referencia a la Ley Federal del Trabajo para calcular indemnizaciones por daño personal.

Las disposiciones invalidadas establecían que la indemnización por daño moral no podía superar el equivalente a 20 mil unidades de medida de actualización (UMA), mientras que en casos de muerte o incapacidad total permanente se limitaba a 1,200 días del salario de la víctima, con un tope de cuatro veces el salario mínimo general. La Corte consideró que estos límites contravenían el artículo 109 constitucional, ya que restringían el derecho a una indemnización acorde con la magnitud del daño causado por la actuación irregular del Estado.

Asimismo, se anuló la aplicación de criterios de la Ley Federal del Trabajo para calcular indemnizaciones por daño personal y gastos médicos, pues dicha referencia excluía a menores de 15 años, personas sin empleo formal y víctimas que, aunque afectadas en su integridad, no quedaran incapacitadas para laborar.

El ministro ponente fue Alberto Pérez Dayán, y la secretaria de estudio y cuenta, Georgina Laso de la Vega Romero.

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