La Secretaría de Salud estableció nuevas reglas para aprovechar el plasma que no se utiliza en transfusiones. Las empresas fabricantes deberán devolver medicamentos hemoderivados a las instituciones proveedoras, conforme a los convenios establecidos.
México, Avanzada (02/11/2026).— Los bancos de sangre públicos y privados de México podrán enviar plasma residual a empresas especializadas para la elaboración de medicamentos hemoderivados, de acuerdo con los nuevos lineamientos publicados este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Secretaría de Salud. La disposición establece los requisitos sanitarios, administrativos y de control que deberán cumplirse para aprovechar este componente sanguíneo que, por sus características, no se destina a transfusiones.
El acuerdo, firmado por el secretario de Salud, David Kershenobich Stalnikowitz, contempla que los bancos de sangre celebren convenios o contratos con empresas fabricantes para entregar el plasma residual a cambio de medicamentos elaborados a partir de este componente. Los instrumentos deberán especificar los productos que serán devueltos, las cantidades correspondientes al volumen de plasma entregado y los plazos del intercambio. La disposición establece que estas operaciones no deberán tener fines de lucro para los bancos de sangre.
El plasma es la parte líquida de la sangre y contiene proteínas que pueden utilizarse para producir medicamentos empleados en distintos tratamientos. Entre los hemoderivados se encuentran las inmunoglobulinas, las albúminas y los factores de coagulación. Su fabricación requiere procesos industriales especializados y controles sanitarios destinados a garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos obtenidos.
Los nuevos lineamientos establecen que únicamente podrá destinarse a la industria el plasma procedente de donaciones de sangre o productos sanguíneos realizadas conforme a la legislación sanitaria. Además, prohíben expresamente promover o efectuar donaciones destinadas exclusivamente a obtener plasma para su industrialización. Las unidades enviadas deberán cumplir con las pruebas de detección de agentes infecciosos transmisibles por transfusión y contar con mecanismos que permitan conocer su procedencia y destino.
Para participar en este procedimiento, los bancos de sangre deberán contar con una licencia sanitaria vigente que contemple el envío de plasma residual a la industria, así como obtener una opinión técnica favorable del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea. Las empresas receptoras también deberán disponer de las autorizaciones correspondientes para fabricar medicamentos hemoderivados y acreditar el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación.
La Secretaría de Salud también estableció mecanismos de vigilancia sobre el destino del plasma. Los bancos de sangre tendrán que informar mensualmente al Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea sobre las cantidades enviadas para su industrialización, mientras que las empresas fabricantes deberán presentar reportes trimestrales sobre las unidades recibidas. Asimismo, se contemplan controles de calidad y la suspensión de los envíos cuando se detecten incumplimientos sanitarios.
El acuerdo entrará en vigor 30 días hábiles después de su publicación en el DOF. Con estas disposiciones, el Gobierno federal establece un mecanismo regulado para aprovechar el plasma residual en la fabricación de medicamentos, mediante convenios entre bancos de sangre y empresas especializadas, bajo la supervisión de las autoridades sanitarias.