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Pornografía infantil pasa de cero a siete denuncias en Colima durante 2026

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Colima, México, Avanzada (30/09/2026).— Colima registró siete denuncias por pornografía infantil entre enero y agosto de este año, mientras que durante el mismo periodo de 2025 no se reportaron casos, de acuerdo con las cifras de incidencia delictiva del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

Los registros muestran que durante los primeros ocho meses de 2025 la Fiscalía General del Estado (FGE) reportó cero denuncias por este delito. En el mismo lapso de 2026 aparecen siete casos.

La estadística de incidencia delictiva del SESNSP se integra con la información proporcionada por las fiscalías y procuradurías estatales. En los datos públicos consultados no se precisa en qué municipios de Colima ocurrieron los hechos, las edades de las víctimas ni si existen personas detenidas o vinculadas a proceso por estos casos.

El Código Penal para el Estado de Colima contempla en su artículo 171 el delito de pornografía de personas menores de 18 años y sanciona conductas relacionadas con inducir u obligar a una persona menor de edad a realizar actos sexuales con la finalidad de registrarlos. El artículo 172 contempla otras conductas relacionadas con este tipo de material.

Además, durante enero-agosto de 2026 se registraron en Colima 25 denuncias por corrupción de menores y 118 investigaciones clasificadas dentro de otros delitos contra la sociedad, aunque la estadística pública no ofrece mayores detalles sobre estos últimos casos.

En materia de trata de personas, el Secretariado Ejecutivo reportó durante el mismo periodo tres investigaciones relacionadas con trata con fines de trabajo o servicios forzados y ninguna por explotación sexual.

La trata con fines de trabajo o servicios forzados implica someter a una persona a actividades laborales mediante mecanismos que impiden que pueda abandonarlas libremente. La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas contempla, entre otros elementos, el uso de la fuerza, amenazas, coerción, engaño o abuso de una situación de vulnerabilidad.

Este delito puede presentarse en distintos ámbitos laborales, como actividades agrícolas, establecimientos comerciales, fábricas o viviendas particulares. Su característica central no es el lugar donde ocurre, sino las condiciones mediante las cuales una persona es obligada a trabajar o prestar servicios contra su voluntad.

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