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COLIMA

En Colima sólo se cumplen 4 de cada 10 órdenes de aprehensión

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Colima, México, Avanzada (18/12/2021).- En materia de cumplimiento de órdenes de aprehensión, Colima se encuentra en el lugar 22 a nivel nacional, con un 40.2 por ciento, inferior al promedio del país, que es de 47.5 por ciento, de acuerdo con el Índice Estatal de Desempeño de Procuradurías y Fiscalías (IEDF) 2021, realizado por la organización Impunidad Cero.

Las órdenes de aprehensión fungen de forma excepcional como un mecanismo de conducción al proceso o de cautela hacia la persona imputada, en el caso que los citatorios u órdenes de comparecencia no hayan cumplido su objetivo. El agente del MP o fiscal podrá solicitarlas al juez de control siempre y cuando haya demostrado la existencia de circunstancias que evidencien la posibilidad de que la persona imputada evada la acción de la justicia.

Según el documento, este indicador se calcula como el porcentaje de órdenes de aprehensión cumplimentadas respecto a las órdenes de aprehensión en trámite. Este dato es esencial porque permite identificar los casos en los que el MP logró contar con datos de prueba suficientes para determinar las probables responsabilidades de las personas investigadas, que el juez emita una orden de aprehensión y que ésta logre llevarse a cabo.

En los últimos cinco años, a nivel nacional, este indicador se ha mantenido por encima de 45% de órdenes de aprehensión cumplimentadas y por debajo de 60%. Es decir, del total de órdenes de aprehensión giradas, sólo se logra cumplimentar menos de la mitad (47.5% para 2019).

“Lo anterior nos advierte de la poca pericia de las instituciones de procuración de justicia para accionar el sistema, más allá de contar con la presencia de la persona imputada detenida. Los principales objetivos de la etapa de investigación son, en primer lugar, determinar si existe o no delito que esclarecer y, en segundo lugar, ver si hay o no probable responsabilidad de la(s) persona(s) imputada(s)”.

En caso de que no se cumpla con ambos objetivos el agente del MP tendrá que determinar la carpeta de investigación como archivo temporal o no ejercicio de la acción penal, lo que tiene como consecuencia inefectividad de las funciones de las instituciones de procuración de justicia.

Las órdenes de aprehensión en trámite se calculan como las giradas durante el año más las pendientes de concluir con las que contaban a inicio del año, es decir, el rezago. Dado que algunas fiscalías no reportan información consistente respecto a las órdenes pendientes, se considera un tope de rezago de 40% respecto a las órdenes giradas.

Respecto al comportamiento de este indicador a nivel subnacional, las fiscalías de los estados de Yucatán (71%), Sonora (70.9%) y Tlaxcala (70.8%) son las que cuentan con los mayores porcentajes de cumplimiento en las órdenes de aprehensión.

Destaca el caso de Sonora, que pasó de un porcentaje de cumplimiento de 25.3% en 2016 a 70.9% para 2019. Por su parte, los estados con menor cumplimiento en las órdenes fueron Nayarit (8.7%), Campeche (14.2%) y Ciudad de México (23.2%). Estos estados también presentan disminuciones importantes en este indicador en los últimos cuatro años.

En este orden de ideas, el mejoramiento de los porcentajes de cumplimiento en las órdenes de aprehensión refiere no sólo al cumplimiento de los objetivos de la investigación, sino también a la relación entre los agentes del MP o fiscal con los diversos operadores del sistema que fungen como sus auxiliares, especialmente la policía, que es la autoridad encargada de cumplimentarlas.

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