Avanzada (27/02/2025).- La Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), dependiente del Ministerio de Salud del gobierno de Argentina, encabezado por Javier Milei, se encuentra en el centro de una polémica tras publicarse en el Boletín Oficial de la Nación la resolución 187/2025, en la que se emplean expresiones calificadas como “idiotas”, “débiles mentales” e “imbéciles” para clasificar a personas con distintos grados de discapacidad.
El anexo de la resolución, titulado “Retardos Mentales”, establece un baremo para medir la invalidez laboral – requisito impuesto desde septiembre de 2024 mediante el decreto 843/2024 para quienes reciben pensiones no contributivas. En el documento se detalla que, según los criterios empleados, se agrupan los casos en rangos: de 0 a 30 puntos se clasificaría a la persona como “idiota”; de 30 a 50, como “imbécil”; y de 50 a 60, como “débil mental profundo”, determinando que solo aquellos con debilidad mental profunda o mayor tendrían derecho a la pensión.
Siete organizaciones argentinas de derechos humanos, entre ellas la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), interpusieron un reclamo administrativo el pasado 3 de febrero. En dicho reclamo se denunciaba que la resolución vulnera la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad – tratado con jerarquía constitucional en el país según la ley 27.044 – y pone en riesgo derechos humanos fundamentales. Los denunciantes señalaron que la utilización de esta terminología obsoleta y peyorativa refuerza una discriminación histórica y resulta contraria al modelo social de la discapacidad adoptado por la Convención.
Eduardo Quiroga, abogado del programa Derechos de las Personas con Discapacidad de la ACIJ, afirmó que “las expresiones utilizadas en el baremo no solo refuerzan prejuicios históricos, sino que también constituyen una violación directa a los deberes del Estado de garantizar el respeto y la dignidad de las personas con discapacidad”. Asimismo, Gabriela Troiano, presidenta de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), calificó el uso de tales términos como “un acto de violencia institucional sin precedentes”. Por su parte, Ana María Mitoire, presidenta del IPRODICH, criticó la resolución al considerarla “retrógrada” y ajena a reconocer a la persona con discapacidad como sujeto de derecho en igualdad de condiciones.
En respuesta a la fuerte reacción social, la Andis emitió un comunicado este jueves 27 de febrero en el que aclaró que “la resolución no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”. Además, la agencia anunció que tanto la resolución 187/2025 como su anexo serán modificados para alinearse con los estándares médicos y normativos vigentes, tomando como referencia la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5).
El incidente se enmarca en un contexto más amplio de endurecimiento de los requisitos para acceder a pensiones por discapacidad, parte de una política reciente del gobierno de Javier Milei que, junto con medidas para otorgar medicamentos gratuitos a jubilados, generó controversia en varios sectores sociales y políticos. La modificación de la resolución se perfila como una respuesta a las críticas y un intento por actualizar los criterios de evaluación de la invalidez de acuerdo con estándares internacionales.
Mientras tanto, las organizaciones de derechos humanos insisten en que es necesaria una reforma estructural que garantice el respeto y la dignidad de las personas con discapacidad, evitando el uso de términos que, además de desfasados, perpetúan estigmas y discriminación.