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COLIMA

Secretaría de Planeación y Finanzas es la responsable de cobrarle a MAM los 515 MDP

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Colima, México, Avanzada (15/02/2023).- La secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado es la autoridad responsable de cobrar el crédito fiscal de 515 millones de pesos al exgobernador, Mario Anguiano Moreno, según el Código Fiscal del Estado.

Aunque en junio de 2022, la dependencia señaló que no era la autoridad responsable para realizar dicho cobro, el Código Fiscal para el estado de Colima menciona que la recaudación proveniente de todos los ingresos del Estado, aun cuando se destinen a un fin específico, se hará por la Secretaría de Finanzas o por las oficinas e instituciones que dicha Secretaría autorice.

Mientras que el artículo 11 del Código Fiscal del Estado menciona que son créditos fiscales los que tenga derecho a percibir el Gobierno del Estado o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, aprovechamientos o de sus accesorios, incluyendo los que deriven de responsabilidad que el Estado tenga derecho a exigir de sus servidores públicos o de los particulares, así como aquellos a los que las leyes les den ese carácter y el Estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.

El artículo 63 del mismo código menciona que los servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones conozcan de hechos u omisiones que entrañen o puedan entrañar infracción a las disposiciones fiscales, lo comunicarán a la autoridad fiscal competente para no incurrir en responsabilidad, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de tales hechos u omisiones.

Los créditos fiscales se extinguen por pago, compensación, cancelación, condonación, subrogación o prescripción.

Mientras que el artículo 143 del Código estatal refiere que la prescripción se interrumpe con cada gestión de cobro del acreedor notificada legalmente o por el reconocimiento de éste, expreso o tácito, respecto de la existencia de la obligación de que se trate, situaciones de las que deberá existir constancia por escrito.

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