{"id":8938,"date":"2019-12-03T22:54:06","date_gmt":"2019-12-04T03:54:06","guid":{"rendered":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=8938"},"modified":"2019-12-03T22:54:07","modified_gmt":"2019-12-04T03:54:07","slug":"responsabilizan-a-ayuntamiento-de-tecoman-de-muerte-de-joven-detenido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=8938","title":{"rendered":"Responsabilizan a Ayuntamiento de Tecom\u00e1n de muerte de joven detenido"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Colima, M\u00e9xico, Avanzada (03\/12\/2019).- La Comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Estado de Colima (CDHEC) responsabiliz\u00f3 al Ayuntamiento de Tecom\u00e1n de la muerte por ahorcamiento de un detenido, ocurrida en el interior de los separos de la Direcci\u00f3n General de Seguridad P\u00fablica, Polic\u00eda Vial y Protecci\u00f3n Civil de este municipio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A trav\u00e9s de la recomendaci\u00f3n 06\/2019, enviada al presidente municipal de Tecom\u00e1n, El\u00edas Antonio Lozano Ochoa, el organismo humanitario consider\u00f3 que se violaron los derechos de un joven de 27 a\u00f1os de edad, por omisiones y la falta de deber de cuidado de parte de las autoridades de Seguridad P\u00fablica Municipal respecto de la vida de las personas que se encuentran privadas de la libertad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo con los reportes oficiales y testimonios elaborados y rendidos por personajes de diversas instancias en torno al suceso, referidos e incluidos en el texto de la recomendaci\u00f3n, el joven fue aprehendido alrededor de las 19:30 horas del 29 de junio de 2017 en la colonia Sor Juana In\u00e9s de la Cruz del municipio de Tecom\u00e1n, con el argumento de que se encontraba \u201calterando el orden p\u00fablico\u201d sobre la azotea de la casa de un vecino, quien pidi\u00f3 a los polic\u00edas su detenci\u00f3n pero se neg\u00f3 a presentar cargos en su contra.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Seis horas despu\u00e9s, aproximadamente a las 01:30 horas del 30 de junio, personal de la Comisar\u00eda General de Seguridad P\u00fablica, Polic\u00eda Vial, y Protecci\u00f3n Civil se dio cuenta de que el joven detenido hab\u00eda rasgado su camisa y se la enroll\u00f3 en el cuello haciendo una especie de torniquete utilizando una botella de agua y comenz\u00f3 a darle vuelta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En su reporte, el agente de guardia report\u00f3 que trat\u00f3 de abrir el candado de la celda, pero no puso, por lo que avis\u00f3 al juez calificador, quien pidi\u00f3 la presencia de elementos de Protecci\u00f3n Civil para que rompieran el candado, quienes alrededor de la 01:40 lo lograron con un marro y a las 01:45 arrib\u00f3 personal de la Cruz Roja, pero el interno ya se encontraba sin vida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tras el an\u00e1lisis de lo ocurrido, la CDHEC determin\u00f3 que el joven logr\u00f3 asfixiarse \u201csin que se tomaran las medidas necesarias y oportunas para evitar que perdiera la vida\u201d, a pesar de que las autoridades municipales cuentan con diversas normas jur\u00eddicas que tienen que cumplir para evitar tales acontecimientos, como el Reglamento de la Direcci\u00f3n General de Seguridad P\u00fablica y Polic\u00eda Vial del Municipio de Tecom\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este caso, \u201cdebieron vigilar las acciones realizadas por el detenido para garantizar la protecci\u00f3n de la vida de las personas privadas de su libertad y los servidores p\u00fablicos, adem\u00e1s de contar con los elementos materiales en las instalaciones y la capacitaci\u00f3n del personal responsable para que pueda actuar ante las circunstancias de peligro\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El organismo humanitario se\u00f1al\u00f3 que, de las entrevistas realizadas por personal adscrito a la Procuradur\u00eda General de Justicia de Colima, ahora denominada Fiscal\u00eda del Estado, se puede presumir que el hoy fallecido se encontraba bajo los influjos de drogas, como lo refiri\u00f3 un testigo que tambi\u00e9n se encontraba detenido en los separos:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEstuvimos platicando por varios minutos, pero no le entend\u00eda mucho ya que al parecer se encontraba drogado y lo miraba muy desesperado\u201d.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De igual manera, el polic\u00eda municipal encargado del \u00e1rea se\u00f1al\u00f3 que a las 19:30 horas del 29 de junio ingres\u00f3 un detenido que \u201cse notaba desesperado y ansioso, incluso le fui a comprar unos sueros, ya que \u00e9l me pidi\u00f3 que se los comprara del dinero que \u00e9l mismo portaba\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Seg\u00fan la CDHEC, se debi\u00f3 prestar mayor atenci\u00f3n a las circunstancias en que ingres\u00f3 el joven detenido pues es responsabilidad del personal de la Direcci\u00f3n General de Seguridad P\u00fablica, Polic\u00eda Vial y Protecci\u00f3n Civil proteger la integridad f\u00edsica y mental de las personas que se encuentran privadas de la libertad bajo su resguardo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, las autoridades debieron realizar los ex\u00e1menes m\u00e9dicos que se\u00f1ala el Bando de Polic\u00eda y Gobierno para el Municipio de Tecom\u00e1n, Colima, conforme a lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cArt\u00edculo 45.- Cuando el presunto infractor se encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o sustancias psicotr\u00f3picas o t\u00f3xicas, el Juez ordenar\u00e1 al m\u00e9dico del Juzgado que, previo examen que practique, dictamine su estado y se\u00f1ale el plazo probable de recuperaci\u00f3n, que ser\u00e1 la base para fijar el inicio del procedimiento. En tanto se recupera, ser\u00e1 ubicado en la secci\u00f3n que corresponda.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El organismo determin\u00f3 que la anterior disposici\u00f3n jur\u00eddica no se cumpli\u00f3 por parte de las autoridades municipales, puesto que no hay evidencia de la realizaci\u00f3n de un examen m\u00e9dico del joven, mismo que se le debi\u00f3 haber practicado al momento en que ingres\u00f3 a los separos a fin de prever sucesos como el que motiv\u00f3 la presente causa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cDichos actos se pudieron prevenir considerando que los elementos policiacos tienen la funci\u00f3n de proteger a las personas privadas de la libertad, adem\u00e1s de que \u00e9stas se encuentran en situaci\u00f3n de vulnerabilidad por las circunstancias social y culturales que los rodean, por ello, es primordial que se les debe poner mayor atenci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En cuanto al argumento se\u00f1alado por la autoridad municipal, respecto a que surgi\u00f3 la imposibilidad de abrir el candado de la celda, la CDHEC consider\u00f3 que ello no exime de<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">responsabilidad a los servidores p\u00fablicos porque deben prevenir este tipo de circunstancias, es decir, deben contar con los recursos humanos y materiales necesarios para estar alertas de cualquier situaci\u00f3n, adem\u00e1s de que los polic\u00edas en turno deben realizar contantes acciones de monitoreo de los detenidos, a fin de garantizar la seguridad y la integridad de las personas que se encuentran bajo su resguardo, adem\u00e1s de que deber\u00edan contar con la capacitaci\u00f3n m\u00ednima en casos de emergencias y desastres, como una medida de prevenci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A juicio de la Comisi\u00f3n, tanto el personal policiaco perteneciente a la Direcci\u00f3n de Seguridad P\u00fablica, Polic\u00eda Vial y Protecci\u00f3n Civil, as\u00ed como el personal del Ayuntamiento de Tecom\u00e1n omitieron cumplir con sus obligaciones legales de supervisar constantemente a las personas privadas de su libertad y, en consecuencia, aconteci\u00f3 que el detenido se quitara la vida al parecer bajo los influjos de estupefacientes, viol\u00e1ndose su derecho humano a la vida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por lo tanto, recomend\u00f3 al presidente municipal de Tecom\u00e1n y al director general de Seguridad P\u00fablica, Polic\u00eda Vial y Protecci\u00f3n Civil del Municipio de Tecom\u00e1n que se otorgue una compensaci\u00f3n y se hagan cargo de la reparaci\u00f3n del da\u00f1o moral que presenten los familiares de la v\u00edctima, en t\u00e9rminos de la Ley de Protecci\u00f3n de V\u00edctimas en el Estado, cuyo monto deber\u00e1 establecerse en coordinaci\u00f3n con la Comisi\u00f3n Ejecutiva de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas del Estado, como consecuencia de la responsabilidad institucional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed mismo, \u201cse deber\u00e1 iniciar el procedimiento de investigaci\u00f3n correspondiente para que se determinen las responsabilidades seg\u00fan resulten, contra del personal que resulte responsable, para la aplicaci\u00f3n de las sanciones que se determinen, por las violaciones de derechos humanos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n recomend\u00f3 realizar las labores de supervisi\u00f3n y mejoramiento de todas las dependencias destinadas al resguardo de las personas privadas de su libertad dentro del municipio de Tecom\u00e1n; as\u00ed como dise\u00f1ar y llevar a cabo un programa integral de capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n dirigido a su personal, en los que se incluyan temas relativos a los derechos humanos, de acuerdo al principio de legalidad y protecci\u00f3n a la vida de las personas en reclusi\u00f3n con el objetivo de que los servidores p\u00fablicos involucrados puedan desempe\u00f1ar sus funciones de manera oportuna, efectiva y legal.<\/p>\n<div class=\"fb-background-color\">\n\t\t\t  <div \n\t\t\t  \tclass = \"fb-comments\" \n\t\t\t  \tdata-href = \"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=8938\"\n\t\t\t  \tdata-numposts = \"10\"\n\t\t\t  \tdata-lazy = \"true\"\n\t\t\t\tdata-colorscheme = \"light\"\n\t\t\t\tdata-order-by = \"social\"\n\t\t\t\tdata-mobile=true>\n\t\t\t  <\/div><\/div>\n\t\t  <style>\n\t\t    .fb-background-color {\n\t\t\t\tbackground:  !important;\n\t\t\t}\n\t\t\t.fb_iframe_widget_fluid_desktop iframe {\n\t\t\t    width: 100% !important;\n\t\t\t}\n\t\t  <\/style>\n\t\t  ","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Colima, M\u00e9xico, Avanzada (03\/12\/2019).- La Comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Estado de Colima (CDHEC) responsabiliz\u00f3 al Ayuntamiento de Tecom\u00e1n de la muerte por ahorcamiento de un detenido, ocurrida en el interior de los separos de la Direcci\u00f3n General de Seguridad P\u00fablica, Polic\u00eda Vial y Protecci\u00f3n Civil de este municipio. 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