{"id":34299,"date":"2022-07-01T13:12:09","date_gmt":"2022-07-01T18:12:09","guid":{"rendered":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=34299"},"modified":"2022-07-01T13:13:42","modified_gmt":"2022-07-01T18:13:42","slug":"el-exhorto-a-la-gobernadora","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=34299","title":{"rendered":"El &#8220;exhorto&#8221; a la gobernadora"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><span style=\"font-size: 1.1rem\">ESTRICTO DERECHO<\/span><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">ESTRICTO DERECHO<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En su sesi\u00f3n ordinaria celebrada el pasado 29 de junio, al desahogar el punto IX del orden del d\u00eda, la LX Legislatura del Congreso del Estado aprob\u00f3 el dictamen elaborado por la Comisi\u00f3n de Responsabilidades, correspondiente al cumplimiento de lo ordenado en las resoluciones dictadas en los expedientes SRE-PSC-77\/2022 y SRE-PSC-90\/2022 por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En estas resoluciones, la Sala Regional Especializada, entre otras cuestiones, determin\u00f3 que son existentes las infracciones consistentes en la difusi\u00f3n de propaganda gubernamental en periodo prohibido atribuidas, entre otros servidores p\u00fablicos, a Indira Vizca\u00edno Silva, Gobernadora de Colima. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y, para tal efecto, decidi\u00f3 tambi\u00e9n, de conformidad con el art\u00edculo 457 de la Ley Electoral, que se diera vista a la Mesa Directiva del Congreso del Estado, por conducto de su Presidencia, en t\u00e9rminos de los art\u00edculos 37 y 38 de la Ley Org\u00e1nica del Poder Legislativo, para que sancione a Indira Vizca\u00edno, por haber cometido las faltas referidas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es importante recordar que, inconformes con esta decisi\u00f3n, los afectados por estas resoluciones, entre ellos Indira Vizca\u00edno, interpusieron diversos recursos de revisi\u00f3n, los cuales fueron resueltos por la Sala Superior del TEPJF, en el sentido de confirmar la sentencia impugnada, desestimando TODOS los argumentos expuestos por los recurrentes, y precisando, en el caso particular de la vista dada al Congreso, que esta se encontraba debidamente fundada y motivada, y que le correspond\u00eda precisamente al Legislativo local, a quien se le dio vista, establecer las sanciones correspondientes, as\u00ed como justificar normativamente la imposici\u00f3n de las consecuencias jur\u00eddicas relativas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfQu\u00e9 quiere decir esto? Que, en t\u00e9rminos jur\u00eddicos, ya estaba plenamente acreditada la existencia de las faltas atribuidas a la gobernadora, y solo se requer\u00eda que el \u00f3rgano facultado para ello, esto es, el Congreso del Estado, impusiera la sanci\u00f3n respectiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfY qu\u00e9 hizo el Congreso? En el dictamen que aprobaron, las y los legisladores integrantes de la mayor\u00eda oficialista se\u00f1alaron que, en su criterio, las faltas cometidas por la gobernadora deb\u00edan calificarse como leves (no graves) y que, adem\u00e1s, como no encontraron una sanci\u00f3n aplicable, se limitaban a exhortar a la gobernadora Indira Vizca\u00edno para que conduzca su actuar bajo los par\u00e1metros y las reglas que prev\u00e9 la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00a1Qu\u00e9 tonter\u00eda tan may\u00fascula! En lo personal, considero que quienes se dicen licenciados o licenciadas en derecho, y avalaron este bodrio de dictamen, por dignidad, deber\u00edan regresar su t\u00edtulo y su c\u00e9dula profesional a las instituciones que indebidamente se los expidieron. \u00a1Es una grand\u00edsima insensatez!<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfC\u00f3mo se atrevieron a decir que no hay una sanci\u00f3n para una conducta de Indira Vizca\u00edno que viola abiertamente la Constituci\u00f3n federal? Ten\u00edan las leyes a la mano para fincarle tanto responsabilidad pol\u00edtica como administrativa a la gobernadora, ya fuera mediante un juicio pol\u00edtico o mediante un procedimiento de responsabilidad administrativa. Y no lo hicieron. Yo les pedir\u00eda que fueran claros, y que lo dijeran con todas sus letras: no la sancionaron porque faltara una sanci\u00f3n aplicable al caso, sino porque no quisieron hacerlo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde la semana pasada, cuando este asunto empez\u00f3 a generar controversia, tambi\u00e9n vimos cu\u00e1l ser\u00eda su desenlace. Fue sencillo: como subordinado suyo, la gobernadora llam\u00f3 a cuentas al diputado Armando Reyna a Casa de Gobierno, a efecto de darle l\u00ednea de c\u00f3mo proceder en este caso, y lo grave es que le dio una l\u00ednea muy chueca porque, disc\u00falpenme la expresi\u00f3n, pero el dictamen aprobado por el Congreso est\u00e1 hecho con los pies.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entre otras barbaridades que contiene, dice el dictamen en un apartado que, aun cuando la gobernadora s\u00ed puede ser sujeta a juicio pol\u00edtico, no se actualiza ninguno de los supuestos que contempla la ley para ese efecto, ya que las faltas cometidas por la gobernadora, en forma muy ma\u00f1osa, ellos se tomaron la libertad de no considerarlas como graves y, por lo tanto, no procede el juicio pol\u00edtico.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfPor qu\u00e9 decimos que es una barbaridad? Porque la Ley de Juicio Pol\u00edtico es muy clara, al establecer que cualquiera de las conductas se\u00f1aladas en el art\u00edculo 5 de la ley, por s\u00ed misma, es una conducta grave. Para mayor claridad, me permito transcribirlo:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Art\u00edculo 5. Conductas que afectan los intereses p\u00fablicos fundamentales o de su buen despacho<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>1. Redundan en perjuicio de los intereses p\u00fablicos fundamentales o de su buen despacho, cualquiera de las conductas graves siguientes:<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y luego enuncia las conductas que merecer\u00edan juicio pol\u00edtico, de las que considero actualizadas, cuando menos, las siguientes: el ataque a las instituciones democr\u00e1ticas del pa\u00eds; el ataque a la libertad de sufragio; faltar gravemente a la observancia del principio de legalidad; e incurrir en cualquier infracci\u00f3n grave a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, causando perjuicios graves a las instituciones del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En consecuencia, es claro que hay elementos de sobra para iniciar un juicio pol\u00edtico y, sobre todo, para fincarle a la gobernadora responsabilidad de esa naturaleza, as\u00ed como las sanciones correspondientes a este, como ser\u00edan la destituci\u00f3n y la inhabilitaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No es impedimento para ello otra disposici\u00f3n que se menciona en el dictamen, relativa a que el juicio pol\u00edtico no procede por la mera expresi\u00f3n de ideas, ya que reiteradamente se ha establecido por los tribunales electorales que la libertad de expresi\u00f3n no es absoluta, m\u00e1xime que en este caso no se trata de una mera expresi\u00f3n de ideas, sino ideas expresadas con un fin espec\u00edfico: apoyar indebidamente al presidente de la rep\u00fablica en su campa\u00f1a para la revocaci\u00f3n de mandato.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por si fuera poco, en el Congreso tambi\u00e9n ten\u00edan a su alcance la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que en sus art\u00edculos 75 y 78 establece los cat\u00e1logos de sanciones aplicables que hubieran podido utilizar para cumplir con el mandato de la Sala Regional Especializada. Y tampoco lo hicieron.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfPor qu\u00e9? Pues porque quienes aprobaron este dictamen ya tra\u00edan una indicaci\u00f3n clara de la gobernadora que, a pesar de formar parte de otro Poder, tiene al Legislativo sometido a sus pies, puesto y dispuesto a acatar las \u00f3rdenes que ella les remite. Y eso los llev\u00f3 a aprobar, como supuesta sanci\u00f3n, un exhorto. Otra muestra m\u00e1s de su terrible ignorancia. Un exhorto no est\u00e1 contemplado como sanci\u00f3n en ninguna parte, y eso es as\u00ed simplemente porque no puede tener esa connotaci\u00f3n, al no ser siquiera vinculante. Como se dice en forma coloquial: &#8220;un exhorto es como un llamado a misa, le hace caso quien quiere&#8221;. \u00a1Qu\u00e9 manera de tirar por la borda la poquita calidad moral que le quedaba al Congreso!&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y para cerrar con broche de oro, quisiera destacar las lamentables intervenciones de algunas diputadas y diputados oficialistas, como Armando Reyna, Nacho Vizca\u00edno, Andrea Naranjo, Isamar Ram\u00edrez y Rub\u00e9n Romo, quienes evidenciaron su ineptitud y su analfabetismo jur\u00eddico, al tratar de defender lo indefendible, con argumentos simplones y burdos, incluso ajenos al tema. Parece que no hay nadie en el Congreso que les pueda asesorar jur\u00eddicamente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En fin, el caso es que as\u00ed fue aprobado ese dictamen, y ahora falta que se publique en el peri\u00f3dico oficial y se le remita a la Sala Regional Especializada, para que califique si lo hecho por el Congreso estuvo bien o mal.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Solo como dato cultural, quiero referir, desde ahora, que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n ya se pronunci\u00f3 respecto de un tema como este, en fecha reciente, y esto fue lo que dijo: &#8220;el cumplimiento de la sentencia no se agota con la sola vista \u2026 pues es criterio reiterado de este Tribunal Electoral que la autoridad emisora de la sentencia debe exigir el cumplimiento de su fallo, as\u00ed como vigilar y proveer lo necesario para su plena ejecuci\u00f3n.&#8221; De nada va a servir que le sigan jugando al t\u00edo Lolo, porque en fecha pr\u00f3xima, el asunto va a regres\u00e1rselo el Tribunal Electoral al Congreso, y con coscorr\u00f3n incluido.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">OTROS\u00cd: Llama la atenci\u00f3n la falta de memoria del ahora diputado Ignacio Vizca\u00edno, quien le reproch\u00f3 en dicha sesi\u00f3n al Ayuntamiento de Colima la subasta de un predio propiedad del municipio. Valdr\u00eda la pena que alguien se la refrescara (\u00a1la memoria!), para que se acordara de las ventas de terrenos que hizo su ex patr\u00f3n, Locho Mor\u00e1n, durante su periodo como Presidente Municipal, y siendo \u00e9l Director General de Asuntos Jur\u00eddicos.&nbsp;<\/p>\n<div class=\"fb-background-color\">\n\t\t\t  <div \n\t\t\t  \tclass = \"fb-comments\" \n\t\t\t  \tdata-href = \"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=34299\"\n\t\t\t  \tdata-numposts = \"10\"\n\t\t\t  \tdata-lazy = \"true\"\n\t\t\t\tdata-colorscheme = \"light\"\n\t\t\t\tdata-order-by = \"social\"\n\t\t\t\tdata-mobile=true>\n\t\t\t  <\/div><\/div>\n\t\t  <style>\n\t\t    .fb-background-color {\n\t\t\t\tbackground:  !important;\n\t\t\t}\n\t\t\t.fb_iframe_widget_fluid_desktop iframe {\n\t\t\t    width: 100% !important;\n\t\t\t}\n\t\t  <\/style>\n\t\t  ","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ESTRICTO DERECHO ESTRICTO DERECHO En su sesi\u00f3n ordinaria celebrada el pasado 29 de junio, al desahogar el punto IX del orden del d\u00eda, la LX Legislatura del Congreso del Estado aprob\u00f3 el dictamen elaborado por la Comisi\u00f3n de Responsabilidades, correspondiente al cumplimiento de lo ordenado en las resoluciones dictadas en los expedientes SRE-PSC-77\/2022 y SRE-PSC-90\/2022 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":15,"featured_media":28875,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_coblocks_attr":"","_coblocks_dimensions":"","_coblocks_responsive_height":"","_coblocks_accordion_ie_support":"","_crdt_document":"","advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[19,209,24],"tags":[210],"class_list":["post-34299","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-colima","category-importantes","category-opinion","tag-portada"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Indira-Sonriendo.png","jetpack-related-posts":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/34299","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/15"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=34299"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/34299\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":34302,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/34299\/revisions\/34302"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/28875"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=34299"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=34299"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=34299"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}