{"id":13417,"date":"2020-06-19T07:56:23","date_gmt":"2020-06-19T12:56:23","guid":{"rendered":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=13417"},"modified":"2020-06-19T07:56:26","modified_gmt":"2020-06-19T12:56:26","slug":"gobierno-de-colima-incumple-normas-para-el-respeto-de-derechos-humanos-de-reclusos-cndh","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=13417","title":{"rendered":"Gobierno de Colima incumple normas para el respeto de derechos humanos de reclusos: CNDH"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Colima, M\u00e9xico, Avanzada (19\/06\/2020).- A cuatro a\u00f1os de la publicaci\u00f3n de la Ley Nacional de Ejecuci\u00f3n Penal, la Comisi\u00f3n Nacional de Derechos Humanos (CNDH) exhort\u00f3 a los gobiernos estatales y a la federaci\u00f3n a fortalecer la coordinaci\u00f3n interinstitucional para garantizar la reinserci\u00f3n social efectiva de las personas privadas de la libertad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A trav\u00e9s de un documento, el organismo humanitario mencion\u00f3 a Colima entre las entidades que en un periodo de cuatro a\u00f1os \u2014coincidente con el gobierno de Jos\u00e9 Ignacio Peralta S\u00e1nchez\u2014 no han cumplido con lo establecido para la implementaci\u00f3n integral de esa ley.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEsta norma aborda de manera arm\u00f3nica los est\u00e1ndares internacionales y las recomendaciones emitidas por los organismos internacionales sobre la materia, lo que necesariamente implica, para ser aplicada, realizar un trabajo de coordinaci\u00f3n entre las distintas autoridades corresponsables que la propia ley establece tanto a nivel federal como de las entidades federativas, as\u00ed como la intervenci\u00f3n fundamental del Poder Judicial\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, a\u00f1adi\u00f3 la CNDH, este organismo ha identificado las dificultades para que dicha coordinaci\u00f3n se lleve a cabo, aunado a la complejidad que ha conllevado su implementaci\u00f3n, la cual deriva, concretamente, de lo previsto en sus art\u00edculos transitorios que establecen una vacatio legis1 de hasta 2 a\u00f1os, para un gran n\u00famero de art\u00edculos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta Ley Nacional deriva de la reforma constitucional en materia penal publicada el 18 de junio de 2008, particularmente de los art\u00edculos 18 y 21, en lo que toca a la judicializaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n penal y al r\u00e9gimen de reinserci\u00f3n social, ya que antes de esta reforma constitucional, la autoridad jurisdiccional penal limitaba su competencia a la imposici\u00f3n de las penas, sin intervenir en la modificaci\u00f3n y duraci\u00f3n de las mismas, correspondiendo esa atribuci\u00f3n a la autoridad penitenciaria; no obstante, desde la publicaci\u00f3n de la LNEP, esa potestad se confiere totalmente al Juez de Ejecuci\u00f3n de Penas, terminando con ello las pr\u00e1cticas con amplios m\u00e1rgenes discrecionales con el que eran otorgadas las libertades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No obstante, se\u00f1al\u00f3 la CNDH, la situaci\u00f3n actual derivada de la pandemia por COVID-19, ha develado, por ejemplo, la necesidad de agilizar los procesos para la determinaci\u00f3n de libertades anticipadas, las cuales siguen manteniendo criterios r\u00edgidos y ardua burocratizaci\u00f3n, lo que conlleva a una dilaci\u00f3n en su otorgamiento y garant\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEste Organismo Nacional reconoce los grandes aciertos que esta norma ha tra\u00eddo en la mejora del sistema penitenciario; sin embargo, la mera publicaci\u00f3n de la LNEP, no ha podido abatir problemas estructurales a\u00f1ejos y que siguen siendo detectados y reflejados en el Diagn\u00f3stico Nacional de Supervisi\u00f3n Penitenciaria que a\u00f1o con a\u00f1o publica esta CNDH y, que en su emisi\u00f3n de 2019, evidenciaba que del total de los Centros de Reinserci\u00f3n Social del pa\u00eds visitados, en el 72.68% hay insuficiencia de personal de seguridad y custodia, en 66.67% las actividades laborales y de capacitaci\u00f3n son insuficientes o inexistentes, en 62.84% las condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad son deficientes, en el 55.19% no hay separaci\u00f3n entre procesados y sentenciados, en 51.91% son insuficientes los programas para la prevenci\u00f3n de adicciones y desintoxicaci\u00f3n voluntaria, lo que hace inoperante lo planteado en la LNEP sobre los beneficios enfocados al tratamiento por farmacodependencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cTampoco en el 44.26% de los CRS hay v\u00edas suficientes para la remisi\u00f3n de quejas de probables violaciones a los derechos humanos; as\u00ed mismo existe presencia del 40.44% de actividades il\u00edcitas, de cobros (extorsi\u00f3n y sobornos) en el 39.89% de los centros, sobrepoblaci\u00f3n, autogobierno en el 33.33% y hacinamiento en el 32.24%, deficiente separaci\u00f3n entre hombres y mujeres en 24.04%, entre otros graves problemas que siguen estando patentes y que afectan de manera directa la adecuada aplicaci\u00f3n de la norma\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La CNDH se dijo consciente de los retos que conlleva la garant\u00eda de los derechos establecidos en la referida Ley, estos desaf\u00edos implican no s\u00f3lo el trabajo coordinado entre niveles de gobierno y entre instituciones locales y federales, sino tambi\u00e9n dimensionar, de manera particular, las problem\u00e1ticas espec\u00edficas que tienen cada uno de los centros penitenciarios, tanto federales como estatales, para determinar el rumbo de la reinserci\u00f3n social de las personas privadas de la libertad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, \u201cdesde la Comisi\u00f3n Nacional se considera necesaria la participaci\u00f3n plena de las comisiones intersecretariales integradas por los sujetos obligados constitucionalmente que, hasta el a\u00f1o pasado cuando se public\u00f3 la Recomendaci\u00f3n General 38\/2019 sobre el incumplimiento de las obligaciones de las Comisiones Intersecretariales previstas en la Ley Nacional de Ejecuci\u00f3n Penal que garantizan los derechos de las personas privadas de la libertad, faltaban aun el Sistema Penitenciario Federal y siete estados (Chiapas, Colima, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Tamaulipas, Zacatecas) de conformar su Comisi\u00f3n intersecretarial, por lo que en virtud de haberse cumplido los cuatro a\u00f1os previstos en la norma para su integraci\u00f3n, se observa un incumplimiento del t\u00e9rmino se\u00f1alado en los art\u00edculos transitorios de la ley, afectando los objetivos de corresponsabilidad a la luz de<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">par\u00e1metros de accesibilidad, aceptabilidad, progresividad y adaptabilidad acorde a las necesidades de las personas privadas de la libertad, bajo un enfoque diferencial y especializado y, en condiciones de igualdad y dignidad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Finalmente, \u201cesta CNDH, respetuosa de las facultades jurisdiccionales que tiene el juez de ejecuci\u00f3n penal, reconoce necesaria una comprensi\u00f3n mayor de las problem\u00e1ticas inherentes al sistema penitenciario, as\u00ed como los alcances que tienen sus resoluciones, particularmente en lo que se refiere a traslados necesarios, ya que en muchos casos su invalidaci\u00f3n termina imposibilitando la correcta administraci\u00f3n de los centros e incluso poniendo en riesgo la seguridad de los mismos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, el organismo nacional insisti\u00f3 en el fortalecimiento de la coordinaci\u00f3n entre la autoridad penitenciaria y el juez de ejecuci\u00f3n penal para garantizar los derechos humanos de las personas privadas de la libertad, e insta a visitar de manera peri\u00f3dica, los establecimientos penitenciarios y conocer las condiciones que imperan en los mismos y si \u00e9stas son compatibles con la dignidad humana de las personas en reclusi\u00f3n penitenciaria, entre otros aspectos, para garantizar el derecho a una reinserci\u00f3n social efectiva.<\/p>\n<div class=\"fb-background-color\">\n\t\t\t  <div \n\t\t\t  \tclass = \"fb-comments\" \n\t\t\t  \tdata-href = \"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/?p=13417\"\n\t\t\t  \tdata-numposts = \"10\"\n\t\t\t  \tdata-lazy = \"true\"\n\t\t\t\tdata-colorscheme = \"light\"\n\t\t\t\tdata-order-by = \"social\"\n\t\t\t\tdata-mobile=true>\n\t\t\t  <\/div><\/div>\n\t\t  <style>\n\t\t    .fb-background-color {\n\t\t\t\tbackground:  !important;\n\t\t\t}\n\t\t\t.fb_iframe_widget_fluid_desktop iframe {\n\t\t\t    width: 100% !important;\n\t\t\t}\n\t\t  <\/style>\n\t\t  ","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Colima, M\u00e9xico, Avanzada (19\/06\/2020).- A cuatro a\u00f1os de la publicaci\u00f3n de la Ley Nacional de Ejecuci\u00f3n Penal, la Comisi\u00f3n Nacional de Derechos Humanos (CNDH) exhort\u00f3 a los gobiernos estatales y a la federaci\u00f3n a fortalecer la coordinaci\u00f3n interinstitucional para garantizar la reinserci\u00f3n social efectiva de las personas privadas de la libertad. A trav\u00e9s de un [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":11916,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_coblocks_attr":"","_coblocks_dimensions":"","_coblocks_responsive_height":"","_coblocks_accordion_ie_support":"","_crdt_document":"","advanced_seo_description":"","jetpack_seo_html_title":"","jetpack_seo_noindex":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[19],"tags":[210],"class_list":["post-13417","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-colima","tag-portada"],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/wp-content\/uploads\/2020\/04\/Cereso-Colima.jpg","jetpack-related-posts":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/13417","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=13417"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/13417\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/11916"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=13417"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=13417"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diarioavanzada.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=13417"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}